S.O.S Venezuela Libre y Democrática:
Dos espacios Una sola voz:
1.-Porque no es una reforma como tal, sino una nueva constitución elaborada al margen del debido proceso, por lo tanto nula de nulidad absoluta y no susceptible de ser convalidada.
2.- Una Constitución es un pacto social producto del consenso de la colectividad y no una declaratoria contra pretendidos enemigos que persigue blindar al gobierno con respecto a supuestas acciones desestabilizadoras de sus adversarios, sin resolver los problemas básicos que afectan a la sociedad. Los enemigos no son los disidentes, sino los males que desde hace un tiempo no vienen aquejando: inseguridad, marginalidad, la corrupción, y la inestabilidad económica y social.
3.- Una Constitución democrática no puede definir una reelección indefinida, continua o perpetua en un país en el cual el gobierno no tiene contrapeso, controlando todos los poderes y manejando a discreción a la administración publica sirviendo a la parcialidad política oficial, con el mas abierto apoyo que pueden brindar recursos humanos y económicos del estado.
4.- La propuesta de nueva constitución es regresiva en materia de Derechos Humanos, cuya protección disminuida solo encontraría vigencia teórica en periodos de normalidad y no de excepción, en los cuales, precisamente, se arrastra en Venezuela una tradición de atropellos a la dignidad de la persona.
5.-La propuesta de nueva constitución implica un golpe certero a la propiedad privada, relegada a un plano secundario, mediatizada y condicionadas a pretendidas exigencias del aparato del gobierno que se propone a constitucionalizar la ocupación previa sin compensación alguna a través de las reformas por decretos-leyes que seguirán al texto constitucional.
6.- No hay constitución democrática sin pluralismo político y este desaparece con la meta y programa de construcción de un pretendido socialismo excluyente, que no es bolivariano no cristiano.
7.- Muestra evidente de la regresión en materia de derechos humanos es la modificación del articulo 272, excluyente de la profesionalización del personal de las prisiones y favorecedor del centralismo ineficiente de las administración de las prisiones.
8.-En un Estado social y de derecho no se puede imponer una sedicente mayoría en decisiones sobre cualquier asunto, no siendo disponibles ni negociables los derechos humanos.
9.- La nueva constitución ataca, en su esencia , la autonomía universitaria, verdadera escuela de la pluralidad del pensamiento, cátedra de la tolerancia y del respeto por la ideas de otros, imponiendo un sistema de elección de las autoridades que no es el producto de la discusión y del acuerdo de la comunidad académica.
10.- El texto, elaborado en un cenáculo político no representativo de las diversas corriente que hacen vida en el país, se constituye en el marco propicio para atacar la disidencia política y para favorecer un solo pensamiento que nada tiene que vr con la esencia del venezolano, ajeno a los odios y divisiones sembrados en un pais que anhela la paz, la concordia y la union en la diversidad
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